El Real Decreto-ley 8/2024 introduce un nuevo permiso laboral denominado "climático", con una duración inicial de 4 días, ampliable si persisten condiciones extremas. Su objetivo es proteger la salud de los trabajadores frente a riesgos por fenómenos meteorológicos severos, siendo retribuido y aplicable en casos de inaccesibilidad al trabajo o peligro grave.
La empresa puede optar por teletrabajo si las circunstancias lo permiten y debe proporcionar los medios necesarios. Además, se modifican los artículos 47.6 y 64.4 del Estatuto de los Trabajadores para regular la suspensión del contrato por fuerza mayor y la comunicación con la representación laboral.



